Información institucional

El Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Canarias (COITIC) es una Corporación de Derecho Público amparada por la Ley, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, desde la constitución de sus órganos de gobierno.

Los fines esenciales del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Canarias son:

  1. La ordenación del ejercicio de la profesión de ingeniero técnico en informática, en todas sus formas y especialidades, basándose en los principios de deontología, independencia y responsabilidad.
  2. El cumplimiento de la función social que a la Ingeniería Técnica en Informática corresponde, velando por la satisfacción de los intereses generales relacionados con el ejercicio de la profesión.
  3. Representar en el territorio de Canarias los intereses generales de la profesión y defender los intereses profesionales de los colegiados.
  4. Promover la constante mejora de las prestaciones profesionales de los colegiados, a través de la formación continuada y el perfeccionamiento de su ejercicio profesional.
  5. Hacer propuestas para la mejora de los estudios universitarios que habilitan para el ejercicio de la profesión, así como para la formación de postgrado.
  6. Colaborar con las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, en los términos previstos en las Leyes.

Normativa aplicable.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

LEY 7/2006, de 10 de noviembre, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Canarias.

Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Canarias.

Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Ómnibus).

Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado.

Código Deontológico del Ilustre Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Canarias (COITIC

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Última actualización 29/04/2025.