Accesibilidad
Declaración de accesibilidad
Explicación sobre el contenido no accesibles, las razones de dicha inaccesibilidad y las alternativas
El Colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de Canarias (COITIC) se compromete a hacer efectivo su sitio web de acuerdos con las normas vigentes. La normas vigentes son el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público que traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
No obstante, la página web está en proceso de un cambio de servidores y un cambio total de las páginas web, por lo que este sitio no es totalmente conforme al Real Decreto 1112/2018 y no lo será hasta que no se haya publicado el nuevo sitio web.
El COITIC tiene que cumplir nivel de adecuación AA de la UNE-EN 301549:2022. Entre otras no conformidades, destacan:
- Existencia de alternativas textuales
- Uso de encabezados
- Agrupación estructural
- Identificación del idioma principal
- Formularios y estructura
- Título de página y de marcos
- Compatibilidad con software de lectura asistida
Enlace y descripción del mecanismo de comunicación
Se pueden realizar comunicaciones sobre:
- RD 1112/2018 Artículo 10.2.a) Comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad.
- RD 1112/2018 Artículo 10.2.b) Solicitudes de información accesible y quejas.
- Otra información que se considere relevante
Las comunicaciones se pueden realizar:
- Correo electrónico: accesibilidad@coitic.es
- Teléfono: 922 47 00 12 ó 928 30 10 12
- Oficina: Direcciones Oficinas
Las respuestas deben cumplir:
- Ser respondidas en 20 días hábiles, pudiendo requerirse más información en un plazo de 10 días.
- Debe incluir la Unidad que remite la respuesta
- La decisión que se ha adoptado.
- En su caso, la información accesible solicitada.
- En su caso, el plazo estimativo y la Unidad responsable de llevar a cabo las medidas para corregir un posible incumplimiento, si las mismas no se pueden adoptar de inmediato.
- La Unidad ante la cual se puede reclamar y el procedimiento por el cual se puede hacer la reclamación
RD 1112/2018 Artículo 12.2 En el caso de las solicitudes de información accesible, la persona interesada deberá concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima
Procedimiento de reclamación
En el caso de que la solicitud no fuera atendida en el plazo legal o fuera desestimada, se debe presentar la reclamación al correo electrónico info@coitic.es dirigida a la Unidad Responsable de Accesibilidad del COITIC, con copia a la secretaría secretaria@coitic.es, para su registro.
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Última actualización 19/4/2026.
